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APLICACIÓN DE LAS NORMAS
Se hará lo posible por asignar prestadores de servicio social a programas acordes con su especialidad, aunque es primordialmente importante considerar los programas de educación para adultos y los de desarrollo de la comunidad.
El estudiante no podrá iniciar su servicio social si no cuenta con un programa especifico a desarrollar y si no ha cubierto el 70% de créditos.
El servicio social no se autorizará cuando su prestación se dirija al sector privado, exceptuando las asociaciones civiles cuyos programas beneficien directamente a la comunidad.
Ningún estudiante podrá prestar su servicio social como integrante de grupos culturales o deportivos representativos del Instituto Tecnológico.
El alumno que haya iniciado su servicio social sin previo aviso a la coordinación de servicio social no tendrá derecho a que se le considere valido el tiempo que haya cubierto en cualquier dependencia del sector público.
El alumno que se dé de BAJA de un programa tendrá que esperar dos semestres para poder incorporarse a otro.